Redactor/a: Ignacio Carranza

Sala: Sala de Derecho Penal

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¿Es necesario proteger su negocio de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo?

La respuesta parece obvia, máxime si Ud. detenta la calidad de Sujeto Obligado por Ley 25246. Sin embargo este tema aún no se ha divulgado lo suficiente como para entender estos riesgos, como una responsabilidad empresaria, como una buena práctica, como una “debida diligencia”, que puede presentarse como una oportunidad para la empresa.

Existen varias razones persuasivas para que los negocios incorporen medidas preventivas contra los riesgos de LA/FT en sus estrategias, polÁ­ticas, procesos y procedimientos, una de ellas, es que los negocios cada vez más, se desarrollan en escenarios internacionales, y por lo tanto, se requieren mercados sanos y  sostenibles, el cumplimiento de estándares, normas y certificaciones internacionales, facilitan la apertura y la incursión en nuevos mercados.

Otra razón es que cada vez los riesgos asociados a conductas delictivas como el lavado de activos y la financiación del terrorismo, vienen siendo objeto de recomendaciones internacionales y locales de regulación por parte de organismos o autoridades que buscan la protección de los sistemas económicos y de los mercados, estas actividades criminales son fenómenos transnacionales que representan una amenaza no solamente para el paÁ­s o la región sino en el mundo entero.

Además, las entidades financieras ejercen en particular una enorme presión sobre sus clientes, en orden a cumplir normas de cumplimiento antilavado.

Finalmente, la administración y gestión de riesgos en la empresa es la base para evitar sanciones penales y para promover una verdadera cultura ética empresarial. 

Será entonces parte de la agenda 2017 de los empresarios gestionar los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo y la aplicación del Enfoque Basado en Riesgo será clave para contar con un sistema de prevención de LA/FT acorde a las necesidades y requerimientos internacionales actuales. Ya no basta con conocer al cliente (Know Your Customer), los lavadores aprendieron a suplantar clientes, comprar compaÁ±Á­as que gozaban de buena reputación, infiltrarse en negocios lÁ­citos, abusar de las personas de bien, vulnerando asÁ­ los controles basados en clientes.

De este modo pasamos del KYC a lo que podrÁ­amos denominar el KYR -Know Your Risk – o en espaÁ±ol: Conozca su riego, razón por la cual adoptar un SARLAFT (Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo) es una herramienta fundamental para esa finalidad.

En este marco, el reto es ser proactivo a los fines de encarar este nuevo desafÁ­o de desarrollar, aplicar y controlar Programas de Administración de riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.