Redactor/a: Ezequiel Roitman

Sala: Sala de Mercado de Capitales

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Finalmente las Sociedades de Responsabilidad Limitada podrán emitir ONs

El 01.08.2016 se publicó en el BoletÁ­n Oficial la Ley N 27.264, denominada “Programa de Recuperación Productiva”. 

Entre otros temas vinculados con el fomento a las inversiones y recuperación de pequeÁ±as y medianas empresas, modifica la Ley de Obligaciones Negociables (“ONs”).

1 Pone fin a la criticada prohibición que tenÁ­an las Sociedades de Responsabilidad Limitada, y las incluye entre los sujetos habilitados para emitir ONs. 
2 Mantiene la previsión que establece la posibilidad de avalar o garantizar las ONs por cualquier medio, incluyendo especÁ­ficamente,además de las entidades financieras ya previstas, a las Sociedades de GarantÁ­a RecÁ­proca y los fondos de garantÁ­a.
3 Al agregarse a las sociedades de responsabilidad limitada al régimen, se establece que los tÁ­tulos respectivos, cuando el emisor sea una sociedad de este tipo, sean firmados por un gerente y sÁ­ndico, si tuviere sindicatura. 
4 Cuando se trate de Sociedades por acciones, de responsabilidad limitada y cooperativas, no es necesario establecer en los estatutos la posibilidad de emitir ONs, y la decisión podrátomarse por asamblea ordinaria (o su equivalente para Sociedades de Responsabilidad Limitada o Cooperativas). Se mantiene la exigencia para las asociaciones civiles, de prever en sus estatutos la posibilidad de emitir esta clase de tÁ­tulos.
5 El resto de la ley se mantiene vigente, sin otras modificaciones. 

Entendemos que significa un avance, ya que como hemos opinado anteriormente no existÁ­a un fundamento expreso por el cual se habÁ­a excluido a las Sociedades de Responsabilidad Limitada del listado de sujetos habilitados para la emisión de dichos tÁ­tulos, máxime, cuando este tipo societario tiene un funcionamiento orgánico similar al de las sociedades anónimas. 
 
Ezequiel Roitman