Redactor/a: Ezequiel Roitman
Sala: Sala de Mercado de Capitales
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Finalmente las Sociedades de Responsabilidad Limitada podrán emitir ONs
El 01.08.2016 se publicó en el BoletÁn Oficial la Ley N 27.264, denominada “Programa de Recuperación Productivaâ€.
Entre otros temas vinculados con el fomento a las inversiones y recuperación de pequeÁ±as y medianas empresas, modifica la Ley de Obligaciones Negociables (“ONsâ€).
1 Pone fin a la criticada prohibición que tenÁan las Sociedades de Responsabilidad Limitada, y las incluye entre los sujetos habilitados para emitir ONs.
2 Mantiene la previsión que establece la posibilidad de avalar o garantizar las ONs por cualquier medio, incluyendo especÁficamente,además de las entidades financieras ya previstas, a las Sociedades de GarantÁa RecÁproca y los fondos de garantÁa.
3 Al agregarse a las sociedades de responsabilidad limitada al régimen, se establece que los tÁtulos respectivos, cuando el emisor sea una sociedad de este tipo, sean firmados por un gerente y sÁndico, si tuviere sindicatura.
4 Cuando se trate de Sociedades por acciones, de responsabilidad limitada y cooperativas, no es necesario establecer en los estatutos la posibilidad de emitir ONs, y la decisión podrátomarse por asamblea ordinaria (o su equivalente para Sociedades de Responsabilidad Limitada o Cooperativas). Se mantiene la exigencia para las asociaciones civiles, de prever en sus estatutos la posibilidad de emitir esta clase de tÁtulos.
5 El resto de la ley se mantiene vigente, sin otras modificaciones.
Entendemos que significa un avance, ya que como hemos opinado anteriormente no existÁa un fundamento expreso por el cual se habÁa excluido a las Sociedades de Responsabilidad Limitada del listado de sujetos habilitados para la emisión de dichos tÁtulos, máxime, cuando este tipo societario tiene un funcionamiento orgánico similar al de las sociedades anónimas.
Ezequiel Roitman